Las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local constituyen una fuente de ingresos anuales para las Ayuntamientos.
Esta Asesoría Jurídica lleva más de quince años con el impulso, estudio y perfeccionamiento técnico de las ordenanzas que posibilitan a día de hoy y permitirán en el futuro la obtención de financiación para los Ayuntamientos.
Cada día son más los Ayuntamientos que están apostando por su implantación con nuestros servicios técnicos- jurídicos-económicos. El análisis continuado y actualizado del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, que contempla este tipo de tasas, así como la Jurisprudencia con más de 100 sentencias de los Tribunales entre 2016y 2020 avalando nuestro modelo de Ordenanza y estudio técnico-jurídico-económico (de uso exclusivo)® vid sentencias en alcaldealdia.com, ha permitido contar con una ordenanza novedosa y perfeccionada para efectivamente obtener tales ingresos, registrada en el Registro de la Propiedad Intelectual. DOS TASAS COMPATIBLES:1) La denominada TASA en Régimen Especial, conocida también como “TASA del 1,5%”,aplicable en aquellos supuestos en los que la ocupación que del dominio público se hace es sobre la vía pública, dentro del casco urbano (calles, plazas, etc.).2)
LA NOVEDOSA desde el 2016 TASA en Régimen General, que se aplica por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, es decir, líneas eléctricas, tuberías de agua, gasoductos, etc., que discurren por montes públicos, bienes comunales y otros espacios de dominio público local. De esta TASA por la utilización privativa o aprovechamiento especial ha sido precisa de la actuación profesional con nuestro Equipo de Ingenieros con los que hace equipo esta Asesoría Jurídica.
Esta novedosa TASA EN RÉGIMEN GENERAL es una OPORTUNIDAD TRIBUTARIA para los Ayuntamientos cuyos sujetos pasivos son las empresas titulares de las referidas instalaciones de energía (eléctricas, gasísticas, etc.) desde hace más de 15 años. La ordenanza y el estudio técnico económico que la acompaña es fruto del trabajo realizado por esta Asesoría Jurídica tanto en los aspectos técnicos como jurídicos.
Por este motivo, se ofrece un asesoramiento integral, técnico y jurídico, a los Ayuntamientos que estén interesados en obtener más ingresos a través de esta vía. La dedicación a este objetivo es completa, intensa y adecuada a las características de cada municipio. Nuestra obra “TASA en Régimen General, que se aplica por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, es decir, líneas eléctricas, tuberías de agua, gasoductos, etc.” es un aprendizaje seguro para los Ayuntamientos
Nuestra obra “TASA en Régimen General, que se aplica por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, es decir, líneas eléctricas, tuberías de agua, gasoductos, etc.” es un aprendizaje seguro para los Ayuntamientos esta regulación e implantación de esta TASA
MADRID | ||
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